Estar casado no implica un derecho sobre la sexualidad de la mujer, recalcó el tribunal al ratificar la condena contra un hombre que accedía sin consentimiento a su esposa.
Un fallo de la Corte Suprema de Justicia advierte que, si una de las dos personas en un matrimonio no quiere tener relaciones sexuales, el otro no debe accederla violentamente y exigirle el encuentro íntimo con el argumento de estar casados.
La sentencia se da a propósito del caso de un hombre que desde el 30 de octubre de 2011 hasta el 15 de abril de 2012 accedió carnalmente, de manera violenta, a su entonces esposa. La pareja estaba casada desde el 2008.
“No es cierto por demás, desde el punto de vista del bien jurídico tejido, que las relaciones sexuales sean obligatorias en el matrimonio, como lo sostuvo él, al punto de imponerse sobre la mujer deberes conyugales que puedan sojuzgar su voluntad y la obliguen al sometimiento”, indicó Myriam Ávila, magistrada de la Sala Penal de la Corte Suprema.
La sentencia además explica que no debe haber violencia física ni psicológica. El Centro de Derechos Reproductivos destacó la importancia de este fallo.
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